¿Qué es el certificado energético?

¿Necesito un Certificado de Eficiencia Energética (CEE)?
Sí. El CEE es un requisito legal necesario para realizar una operación de compraventa o alquiler de un inmueble.
La calificación energética es el resultado del cálculo del consumo de energía necesario para satisfacer la demanda energética del edificio en condiciones normales de funcionamiento y ocupación. Clasifica los edificios dentro de una serie de siete letras, donde la letra G corresponde al edificio menos eficiente y la letra A al edificio más eficiente según el consumo de energía y las emisiones de CO2 comparadas con un edificio base de similar tipología y localización.
¿Qué edificios tienen la obligación de tener un CEE? ¿Cuáles están excluidos?
Están obligados a tener el CEE los siguientes:
- Los edificios de nueva construcción.
- Los edificios o partes de edificios existentes que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario. Se entiende por parte de un edificio la unidad, planta, vivienda o apartamento en un edificio o local destinados a uso independiente o de titularidad jurídica diferente, diseñados o modificados para su utilización independiente.
- Los edificios o partes de edificios existentes en los que una entidad pública ocupe una superficie útil total superior a 250 m2 y que sean frecuentados habitualmente por el público.
Quedan excluidos:
- Los edificios y monumentos protegidos oficialmente por formar parte de un entorno declarado o por su particular valor arquitectónico o histórico, cuando el cumplimiento de las exigencias del Decreto pudiera alterar de forma inaceptable su carácter o aspecto.
- Edificios o unidades de edificios utilizados exclusivamente como lugares de culto y para actividades religiosas.
- Construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización igual o inferior a dos años.
- Los edificios industriales y agrícolas, en la parte destinada a talleres, procesos industriales y agrícolas no residenciales.
- Edificios o unidades de edificios aislados con una superficie útil total inferior a 50 m2.
- Edificios que se compren para reformas importantes o para su derribo.
- Los edificios o partes de edificios existentes de viviendas con un uso inferior a cuatro meses en un año, o bien durante un tiempo limitado al año y con un consumo previsto de energía inferior al 25% de lo que resultaría de su utilización durante todo el año.
¿Tiene caducidad el CEE?
El certificado de eficiencia energética tendrá una validez máxima de 10 años. Pasado este plazo, tendrá que ser renovado.
De todos modos, el certificado se podrá actualizar voluntariamente si hay variaciones en aspectos que afecten a su eficiencia energética y por lo tanto puedan modificar su calificación energética y su certificado.
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